Aumento de 7 a 9 zonas a nivel nacional, reconociendo de manera más precisa la diversidad climática y el fuerte impacto térmico de la cordillera.
Mayores requerimientos técnicos y de transmitancia térmica en la envolvente: techos, muros exteriores, pisos ventilados, puertas y sobrecimientos.
Regulación estricta de áreas máximas vidriadas permitidas según la orientación geográfica (Norte/Sur) y exigencias rigurosas de transmitancia.
Verificación obligatoria del riesgo de condensación superficial e intersticial, incorporando un estudio y cálculo detallado de puentes térmicos.
Límites estrictos a las tasas de infiltración de aire del edificio, clasificadas de acuerdo a la provincia geográfica y a la permeabilidad de los materiales.
Garantía de calidad de aire interior mediante tasas de ventilación mínimas continuas, en estricto cumplimiento con las normas NCh 3308 y NCh 3309.